¡Ultima llamada! Los británicos tienen hasta el 30 de diciembre para canjear su carnet de conducir… o examinarse de nuevo

¡Ultima llamada! Los británicos tienen hasta el 30 de diciembre para canjear su carnet de conducir... o examinarse de nuevo

Reino Unido salió de la Unión Europea el pasado 31 de enero, abriéndose entonces un periodo transitorio para culminar el Brexit, veremos si finalmente de forma abrupta o amistosa, hasta el 31 de diciembre de 2020. Será entonces cuando las empresas y los ciudadanos empiecen a notar las consecuencias, entre ellos los conductores británicos que residan en España.

Tal y como se anunció en marzo de 2019 y ha recordado recientemente la DGT, a partir del 31 de diciembre de 2020 Reino Unido dejará de pertenecer de forma efectiva a la Unión Europea y, en consecuencia, todos los acuerdos en materia de tráfico en el marco de la UE dejarán de tener validez para los titulares de los permisos de conducir expedidos por el Reino Unido.

Esto quiere decir que aquellas personas con permiso de conducir británico que residan en España deberán solicitar la sustitución de su documento por el equivalente español con el 30 de diciembre de 2020 como fecha límite. Este es el documento que se debe cumplimentar.

A partir 1 de enero de 2021, los permisos provenientes del Reino Unido solo serán válidos para conducir en España durante seis meses.

Transcurrido este plazo, los permisos británicos carecerán de validez para conducir en España y, si sus titulares desean seguir haciéndolo, deberán obtener un permiso de conducción español, previa comprobación de los requisitos y superación de las pruebas correspondientes.

Dicho de otra manera, aquellos conductores con carnet de conducir británico y que no presenten la solicitud sustitución por el permiso español cumplimentada como tarde el 30 de diciembre de 2020 deberán volver a sacarse el carnet de nuevo.

Qué se necesita para pedir el carnet de conducir español y cuánto cuesta

Carnet Conducir

La documentación que deberán aportar es la siguiente:

  • Solicitud en impreso oficial.

  • Acreditación de identidad y residencia, con DNI, NIE o Pasaporte en vigor y cualquier otro medio de prueba que se solicite por la Jefatura de Tráfico, para acreditar la residencia.

  • Permiso de conducción comunitario: original en vigor y fotocopia.

  • Fotografía actualizada original de 32 x 26 mm, realizada de forma que no impida o dificulte la identificación de la persona.

  • Talón foto, que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico, cumplimentado y firmado.

  • Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido a intervención o suspensión del permiso que posea.

  • Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción, ya sea expedido en España o en otro país comunitario, de igual clase que el solicitado.

  • Tasa de 28,30 euros. A la hora de confirmar la compra por internet, necesitarás un certificado digital o DNI electrónico en vigor. También se puede pagar con tarjeta de crédito o débito de una entidad financiera adherida al pago de tasas con tarjeta, o con cargo en cuenta bancaria.

También se puede hacer presencialmente en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico o en cualquier entidad financiera adherida al pago de tasas.

Una vez presentada la solicitud, Tráfico se pondrá en contacto con el interesado en un plazo máximo de tres días y, en caso de que no ocurriese, a partir de esos tres días se podrá solicitar la cita previa por internet o llamando al 060 para completar el trámite.

El 060 es el teléfono proporcionado para agilizar el trámite y opera 24 horas todos los días del año. Para quien se encuentre en el extranjero, se puede contactar con la DGT llamando al número de teléfono +34 902 887 060.

Finalmente, cuando se haga entrega del carnet de conducir español se retirará el británico.

En caso de que el permiso expedido en el Reino Unido haya sido robado, extraviado o esté deteriorado, los británicos residentes en España pueden solicitar una sustitución del permiso, siempre que se haga hasta el 30 de diciembre de 2020.

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¡Ultima llamada! Los británicos tienen hasta el 30 de diciembre para canjear su carnet de conducir… o examinarse de nuevo

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Motorpasión

por
David Galán

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